Transcripción 
de las Respuestas Generales recogidas según la instrucción publicada 
en el Real Decreto, ordenado por Fernando VI el 10 de octubre de 1749.Como 
quiera que resulta un documento muy largo, para su mejor manejo y visualización 
he dividido dicho documento en cuatro partes de diez preguntas cada una de ellas. 
(Respuestas de la 11 a la 20) (AGS_CE_RG_L307_809.jpg 
Folio 839) 11. Qué especies de frutos se cogen en el término. 11ª. 
A la undécima pregunta Dijeron que los frutos que en este término 
se cogen son trigo centeno cebada y centeno, Miel , Cera, Heno o hierba, Lana 
fina y Zurca (burda), 
Madera, Pastos y responden ... 12. Qué cantidad de frutos 
de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria 
cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en 
el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese. 12ª. 
A la duodécima dijeron que cada fanega 
de tierra de sembradura de secano con una ordinaria cultura produce un año 
si y otro no, la de buena calidad cuatro fanegas 
de trigo = De cebada ocho fanegas 
y de Centeno seis fanegas 
= la de mediana tres fanegas 
de trigo seis de cebada y cuatro y media de centeno; y de la Ínfima de 
trigo dos fanegas 
cuatro de cebada y tres y media de centeno, y que unkj cierto fructifican todas 
estas semillas cada fanega 
de tierra es atención a ser la más Principal la de trigo contemplan 
deben estimarse el fruto de dichas heredades a sola 
 (AGS_CE_RG_L307_810.jpg 
Folio 840) Esta especie por lo cual corresponde 
anualmente a cada fanega 
de tierra si de buena calidad Dos fanegas 
de trigo la de mediana fanega 
y media y la de inferior una fanega 
= La fanega de 
La de Huerto plantada de berzas veinte cargas, 
cada fanega de 
Prado de Dallo y Pasto sesenta haces de heno y pasto de invierno, de mediana cuarenta 
haces y Pasto; y de Ínfima veinte haces y Pasto y responden 
 13. 
Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles 
que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada 
uno en su especie. 13ª. A la décima tercia 
pregunta dijeron que la fanega 
de tierra Poblada de pinos a la que no se da número a su plantío 
por hallarse este muy conpero ni corta determinada, por ser General, les parece 
que en cada un año se podrán cortar se de buena calidad cinco Palos, 
en la de mediana tres; y en la de Ínfima dos: A cada fanega 
de Monte Robledal cuyos Pastos con comunes a Ganados de Vecinos y también 
sus leñas rodeadas, consideran a tres Reales 
en atención a no producir Bellota no cortarse para carbón y responden 
 14. Qué valor tienen ordinariamente un año 
con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad 
de ellos. 14ª. A la décima cuarta Dijeron 
que el valor a que ascienden regularmente los frutos que en este término 
se coge en la fanega 
de trigo a Doce Reales 
; la de Cebada a seis Reales 
y la de avena, digo centeno a ocho Reales 
. El Haz de Heno a medio Real la fanega 
de Pasto de invierno.   (AGS_CE_RG_L307_811.jpg 
Folio 841) De buena calidad a ocho Reales 
. La de mediana seis Reales 
y la de Ínfima cuatro Reales 
= cada fanega 
de Dehesa de Pasto de buena calidad Diez Reales 
; siete la de mediana y cinco la de Ínfima; la Libra e cera a ocho Reales 
, la arroba de 
Miel veinte cinco Reales 
, la de lana fina setenta Reales 
y la de Zurca 
a veinte y cinco Reales 
(de) Vellón que cada fanega 
de berzas vale tres Reales 
y cada Pino un Real de Vellón 
y responden 
 15. Qué derechos se hallan impuestos 
sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; 
y a quien pertenecen. 15ª. A la Décima 
quinta dijeron, que sobre las tierras de este término se halla Impuesto 
el Derecho de Primacía 
y Diezmo que 
aquellas pertenecen a su cura propio y los Diezmos 
a su Iglesia Parroquial cabildo de Canónigos de la Santa Iglesia de la 
ciudad de Sigüenza, su obra y fábrica Arcipreste de Atienza, el Beneficio 
cura de este Pueblo y al Exmo Ser. Conde de Coruña como poseedor del Derecho 
de Tercias 
Reales y el Ilustrísimo Sr. Obispo de dicha ciudad de Sigüenza 
y responden 
 16. A qué cantidad de frutos suelen 
montar los referidos derechos de cada especie o a que precio suelen arrendarse 
un año con otro. 16ª. A la Décima 
sexta pregunta Dijeron que el Diezmo 
de las Tercias Propias y de Arrendamiento que labran los vecinos de este Pueblo 
dentro y fuera de su término corresponde en un quinquenio de trigo ciento 
y sesenta medias fanegas 
de Cebada, Cuarenta medias fanegas 
 (AGS_CE_RG_L307_812.jpg 
Folio 842) De centeno cuarenta medias fanegas, 
Lana fina ciento y sesenta Libras, Zurca 
veinte = Diez y seis corderos = Cuarenta onzas de Cera, treinta Libras de Miel 
y ochocientos maravedíes 
el Derecho de Primicias veinte medias fanegas 
de trigo de Cebada Diez medias; 
y de Centeno quince medias fanegas 
y Responden. 
 17. Si hay algunas minas, salina, molinos 
harineros u de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo 
de qué metales y de qué uso, explicando sus dueños y lo que 
se regula produce cada uno de utilidad al año. 17ª. 
A la Décima séptima Pregunta Dijeron que no hay en este Pueblo Artefacto 
alguno de los que contiene la Pregunta y responden 
 18. 
Si hay algún esquilmo 
en el término, a quien pertenece, qué número de ganado viene 
al esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año. 18ª. 
A la Décima octava Dijeron que en este lugar y su término, no hay 
esquileo alguno y que sólo esquilan sus vecinos los Ganados propios esquilándose 
en sus propias casas y de todos se dará razón con expresión 
en la pregunta vigésima y Responden 
  (Al parecer confundieron 
esquilmo con esquileo como se argumenta en las explicaciones de los términos) 19. 
Si hay colmenas en el término, cuántas y a quien pertenecen. 19ª. 
A la décima nona Dijeron que en este Pueblo y su término hay setenta 
y cinco colmenas, y de ellas pertenecen una a Gregorio Chicharro = Dos a Manuela 
Vicente; tres a Miguel Martín, Dos a Juan Abad y sesenta y siete a Francisco 
Bravo, y que cada una da de utilidad del año por su Miel y Cera Seis Reales 
(de) Vellón ... 20. 
De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo 
las mulas de coche y caballos de regalo; y si algún vecino tiene cabaña 
o yeguada que pasta fuera del término, donde y de qué número 
de cabezas, explicando el nombre del dueño. 20ª. 
A la vigésima Dijeron que las especies y número de Ganados que existen 
y Pastas en su término es a saber: cuarenta 
 (AGS_CE_RG_L307_813.jpg 
Folio 843) Y ocho Vacas de Labor y Portear = Treinta 
y siete Novillos y Novillas cerriles; sesenta y cuatro Bueyes para Labor y Portear. 
Seis yeguas para la Labor, cinco Potros cerriles= Cuatro caballos para la labor 
= Dos Machos para la labor y Arriería = Veinte y siete Asnos para la labor 
= Cuarenta y seis cerdos = Trece carneros churros y ciento y cuatro ovejas = Setecientas 
ovejas finas y setenta carneros = que este Ganado fino Pasta en el término 
de este Pueblo y en los que tiene comunidad como cinco meses y siete en la extremadura 
y además treinta y nueve cabras = que a cada cabra regulan su esquilmo 
anual por razón de cría seis Reales 
de Vellón Cada Carnero 
por aumento en carnes y lana seis Reales 
Vellón = Cada oveja fina 
por su cría y lana Doce Reales 
= Cada carnero por su Lana y aumento en Carnes doce Reales 
= Cada cordero de los ------- de su principal en atención a se la mayor 
parte de finos, regulan su valor en once Reales 
(de) Vellón = Cada vaca 
por razón a su cría cuarenta Reales 
, cada Novillo o Novilla por sus aumentos hasta Domarse sesenta Reales 
= Cada Yegua por razón de cría Cuarenta Reales 
= Cada Potro o Potra por sus aumentos .. (AGS_CE_RG_L307_814.jpg 
Folio 844) Hasta domarse sesenta Reales 
y cada cerdo treinta Reales 
; y en cuanto a las demás especies de Ganados como son Mulas, Caballos, 
Bueyes y Asnos, no regulan utilidad alguna por convertirse en el uso y ejercicio 
de la labor y que ningún vecino posee más Ganados, cabaña, 
ni yeguadas que los expresados y responden 
 Siguientes 
respuestas de la 21 a la 30.  |